Mientras el Estado de MΓ©xico endureciΓ³ sus penas contra la tala clandestina y determinados delitos ambientales hasta llegar a los 25 aΓ±os de prisiΓ³n, en el PerΓΊ el debate sobre la protecciΓ³n de nuestros bosques ha seguido un camino que merece una seria fiscalizaciΓ³n ciudadana. (DiΓ‘logoβ )
La diferencia llama la atenciΓ³n.
π²π½ ππΜππππ: πππππ ππ ππΜππ
En el Estado de MΓ©xico existen penas que pueden alcanzar 25 aΓ±os de prisiΓ³n en supuestos agravados vinculados con la tala clandestina y la destrucciΓ³n de recursos forestales: por ejemplo, cuando intervienen determinadas herramientas o vehΓculos, servidores pΓΊblicos, autores intelectuales o cuando los delitos afectan Γ‘reas protegidas, entre otros supuestos previstos por la legislaciΓ³n. (DiΓ‘logoβ )
Es decir, no se trata simplemente de que βcortar un Γ‘rbol = 25 aΓ±os de cΓ‘rcelβ, como podrΓa interpretarse de algunas publicaciones virales. La pena mΓ‘xima corresponde a determinadas conductas y circunstancias agravantes.
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En enero de 2024 entrΓ³ en vigencia la Ley 31973, que modificΓ³ la Ley Forestal y de Fauna Silvestre. La norma generΓ³ una fuerte controversia y sectores del propio Congreso promovieron posteriormente su derogaciΓ³n, argumentando que podΓa favorecer la impunidad frente a la deforestaciΓ³n y delitos conexos, entre ellos tala ilegal, trΓ‘fico de tierras, narcotrΓ‘fico y minerΓa ilegal. (Comunicacionesβ )
Pero ocurriΓ³ algo todavΓa mΓ‘s contundente.
En marzo de 2025, el Tribunal Constitucional declarΓ³ inconstitucionales dos disposiciones transitorias de la Ley 31973.
ΒΏLa razΓ³n?
Respecto de una de ellas, el propio TC sostuvo que constituΓa una amenaza para los recursos forestales y de fauna silvestre, pues permitΓa aprovechamientos incompatibles con las obligaciones del Estado de preservar el ambiente y promover el uso sostenible de los recursos naturales. La otra fue anulada por afectar derechos relacionados con comunidades y pueblos indΓgenas sin haber pasado por consulta previa. (Tribunal Constitucional del PerΓΊβ )
Entonces la comparaciΓ³n merece una pregunta:
ΒΏPOR QUΓ EN UN PAΓS SE ENDURECEN LAS PENAS CONTRA QUIENES DESTRUYEN LOS BOSQUES, MIENTRAS EN PERΓ HEMOS TENIDO QUE ESPERAR QUE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FRENE DISPOSICIONES QUE CONSIDERΓ AMENAZANTES PARA LOS RECURSOS FORESTALES?
Nuestros bosques amazΓ³nicos no son solamente madera.
Son agua.
Son biodiversidad.
Son territorio de pueblos indΓgenas.
Son regulaciΓ³n climΓ‘tica.
Y son patrimonio de las prΓ³ximas generaciones.
Por eso, mΓ‘s allΓ‘ de discursos polΓticos, corresponde preguntar y fiscalizar:
ΒΏLas leyes que aprueba el Congreso peruano estΓ‘n fortaleciendo realmente la protecciΓ³n de nuestros bosques o estΓ‘n abriendo vacΓos que terminan debilitΓ‘ndola?
MΓ©xico muestra que un Estado puede optar por elevar drΓ‘sticamente las consecuencias penales frente a determinados delitos forestales.
ΒΏY PerΓΊ quΓ© camino deberΓa seguir para proteger efectivamente su AmazonΓa?
Que el debate se haga con leyes, antecedentes y resultados sobre la mesa.



